AFIBA: satisfecha con el fallo del Tribunal de Justicia de la UE

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La Asociación Nacional de Fabricantes e Importadores de Bienes de Equipo para la Automoción (AFIBA), representada por David Turégano, un miembro destacado de su Junta Directiva, nos informa de que se ha producido un acontecimiento de gran importancia durante la reciente jornada «OBD and security gateways» organizada por la Asociación Europea de Equipos para Talleres (EGEA) en colaboración con Osborne & Clark.

El propósito principal de este evento fue el esclarecimiento de ciertos aspectos tras la sentencia emitida por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea con respecto a la demanda presentada por ATU / Carglass en contra del grupo FCA (Stellanis).

Esta sentencia ha fallado a favor de los demandantes, reafirmando lo establecido en la legislación europea: la conexión OBD debe permitir la lectura y escritura de los datos relativos a los vehículos, con el fin de facilitar su reparación y mantenimiento. Para Turégano, esta decisión tiene un impacto inmediato en todos los vehículos en stock, así como en los que se producirán en el futuro, además de afectar a aquellos vehículos en circulación que no cumplen con esta normativa.

La defensa de FCA se basó en la necesidad de reforzar la seguridad de los vehículos, en línea con el Reglamento nº 155 de las Naciones Unidas, que trata sobre la homologación de vehículos y ciberseguridad. No obstante, el Tribunal ha subrayado que, según esta normativa, no se puede limitar el derecho de los operadores independientes a llevar a cabo tareas de mantenimiento y reparación de vehículos.

Algunas de las conclusiones más destacadas de este evento son las siguientes:

• La aclaración de la ley afecta a todos los vehículos que tengan sistemas electrónicos de restricción de acceso (SGW), incluyendo aquellos en circulación y los que puedan equipar estos sistemas (la mayoría a partir de 2019). Todos estos vehículos deberán ser objeto de una llamada a revisión, una actualización de software u otra acción para eliminar el bloqueo instalado.

• Esta normativa se aplica a todos los vehículos vendidos en la Unión Europea, sin importar su lugar de fabricación.

• Todos los costes relacionados con la eliminación de estos bloqueos recaerán sobre los fabricantes de vehículos.

• Se impondrán sanciones severas en caso de no actuar de inmediato. • Las reclamaciones por daños y perjuicios podrán incluir el desarrollo del software necesario para trabajar a través de las tomas OBD bloqueadas.

• Es importante destacar que los plazos para presentar reclamaciones son limitados.

David Turégano ha expresado: «AFIBA está colaborando estrechamente con EGEA para coordinar las próximas medidas y gestionar la información recopilada, contando para ello con la experiencia de los fabricantes de equipos de diagnóstico«.

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